Tierra del Fuego

JUSTICIA ELECTORAL RECHAZÓ LOS RECURSOS PRESENTADOS PARA EL USO DE BOLETAS COLECTORAS

La jueza interina del Juzgado Electoral de la Provincia, Mariel Zanini, rechazó el planteo de Forja de utilización de las denominadas “boletas espejo” o listas colectoras en las elecciones provinciales del 14 de mayo de éste año. Ahora a esa fuerza política se le habilita la apelación para insistir en esa modalidad ante la Camara de Apelaciones. 

Previo a resolver, el Juzgado Electoral le corrió traslado a los partidos políticos habilitados en la provincia a los efectos que realicen sus respectivas consideraciones con relación al planteo de Forja de llevar a las mismas candidaturas en un sinfín de boletas electorales diferentes, de manera tal de acumular los votos de las diferentes boletas que lleven a los mismos candidatos. 

Los partidos Somos Fueguinos, Sur, Crecer Fueguino, Partido de la Ciudad, PRO (Propuesta Republicana) y partido del Trabajo y la Equidad, en su totalidad, adhirieron a los fundamentos de la resolución original del Juzgado Electoral y solicitaron el rechazo de la petición presentada por Forja.

En su resolución la Magistrada aclara que no se asumió facultades legislativas algunas, sino que solamente se ejerció el rol de director del proceso que el código procesal provincial le confiere al Juzgado Electoral. 

Finalmente, el escrito que rechaza la petición de las listas espejos para acumular los votos de boletas de distintos partidos con las mismas candidaturas, se explica con claridad que el mecanismo de sumatoria genera “desinformación y desconcierto, afectando claramente la elección libre y genuina del electorado”. 

La Jueza interina puso como ejemplo lo que sucedió en las elecciones del 2019 donde existieron 17 boletas de distintos espacios partidarios, que llevaron tan sólo a tres binomios para los estamentos de Gobernador y Vicegobernador. Ahora, en caso de pretender continuar con la pretensión de utilizar las cuestionadas listas espejos, se les concedió a los representantes de Forja la apelación sin efectos suspensivos que deberá tramitar ante la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur.  

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